Art. 54
Libro Texto refundido de la Ley de CarreterasTítulo TÍTULO QUINTOCapítulo CAPÍTULO I

Art. 54

59 / 79
En vigor desde 28 ago 2009
Son nulas de pleno derecho las autorizaciones administrativas y las licencias que hayan sido otorgadas contraviniendo lo que establece esta Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/dlg/2009/08/25/2#art-54