Libro Texto refundido de la Ley de Carreteras›Título TÍTULO SEGUNDO›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 24
28 / 79En vigor desde 28 ago 2009
El estudio de viabilidad se debe someter a la evaluación de impacto ambiental de acuerdo con lo que establece la normativa sectorial aplicable.
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Proeli/es-ct/dlg/2009/08/25/2#art-24