Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 23 ene 2008
Las asignaciones del ejercicio de los derechos de socio realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre del Patrimonio de Euskadi se mantendrán vigentes mientras la orden a que se refiere el artículo 111 no realice asignación distinta.

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Pro

BOPV-p-2008-90003#disposicion-transitoria-tercera