Art. Disposición derogatoria

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 23 ene 2008
A la entrada en vigor del Texto Refundido que se aprueba en virtud del presente Decreto Legislativo quedarán derogadas las disposiciones siguientes: — La Ley 5/2006, de 17 de noviembre, del Patrimonio de Euskadi. — La Ley 6/2007, de 22 de junio, de modificación de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre, del Patrimonio de Euskadi.

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BOPV-p-2008-90003#disposicion-derogatoria