Art. 6
Título TÍTULO I

Art. 6

9 / 143
En vigor desde 23 ene 2008
1. Corresponde a la Administración general de la Comunidad Autónoma la propiedad de los bienes inmuebles y la titularidad de los derechos reales y de arrendamiento de inmuebles y la de los derechos de propiedad incorporal, que forman parte del patrimonio de Euskadi, sea cual fuera la entidad que los utilice, cree o adquiera; con la salvedad introducida por la disposición adicional cuarta en relación con el ente público Radio Televisión Vasca y la contemplada en la disposición adicional quinta en relación con la Universidad del País Vasco. 2. La propiedad y titularidad del resto de los bienes y derechos corresponde a la persona jurídica que los haya adquirido.

Tus anotaciones

Pro

BOPV-p-2008-90003#art-6