Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 50
53 / 143En vigor desde 23 ene 2008
1. La entrega en vía administrativa de bienes o derechos en pago de deudas a la Hacienda general del País Vasco se regirá por lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
2. Las adquisiciones sometidas a normativa específica se ajustarán a lo que en ella se disponga.
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2008-90003#art-50