Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 106
109 / 143En vigor desde 23 ene 2008
Salvo en los supuestos contemplados en los apartados f), g), h) e i) del artículo 102, los actos de disposición gratuita y sus prórrogas serán comunicados al Parlamento Vasco.
Tus anotaciones
ProBOPV-p-2008-90003#art-106