Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO V

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 24 dic 2006
Las Leyes anuales de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán modificar los elementos esenciales de los tributos propios.

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DOE-e-2006-90037#disposicion-final-tercera