Art. 47
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY MUNICIPAL Y DE RÉGIMEN LOCAL DE CATALUÑATítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 47

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En vigor desde 21 may 2003
1. El gobierno y la administración municipales corresponden al ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales. 2. El régimen especial de consejo abierto se rige por principios organizativos especiales. 3. En los ayuntamientos en los cuales ha tenido predominio a lo largo de la historia otra denominación para el alcalde o para los concejales, puede utilizarse, indistintamente, la denominación tradicional o la que establece esta Ley.

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DOGC-f-2003-90008#art-47