Art. 94
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCOTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VII

Art. 94

98 / 258
En vigor desde 5 abr 2025
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros): a) Homologaciones: 138,53 euros. b) Expedición de certificaciones académicas: 26,86 euros. c) Solicitudes de convalidación y reconocimiento: 56,32 euros. d) Expedición de duplicados, copias auténticas, autenticadas y compulsa de documentos: 5,28 euros. Página adicional del documento a compulsar: 0,53 euros.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/dlg/2025/03/20/1#art-94