Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 56
60 / 258En vigor desde 5 abr 2025
Constituye el hecho imponible de esta tasa la inserción de textos en la Sección II (Autoridades y personal), en la Sección IV (Administración de Justicia) y en la Sección V (Anuncios) del «Boletín Oficial del País Vasco».
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Proeli/es-pv/dlg/2025/03/20/1#art-56