Art. 125
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCOTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 125

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En vigor desde 5 abr 2025
Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa las personas físicas o jurídicas organizadoras de los eventos que motivan la prestación del servicio o lo solicitan.
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