Art. 653 · -1
Libro LIBRO SEXTOTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 653

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En vigor desde 15 mar 2024
Los períodos temporales y los requisitos formales de acuerdo con los que debe hacerse efectivo el pago de los tributos que gravan los juegos de suerte, envite y azar, se establecen por reglamento.
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