Libro LIBRO SEXTO›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 641
111 / 160-16
En vigor desde 23 may 2026
Se establece una bonificación del 95% de la cuota tributaria del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, para los expedientes de dominio, las actas de notoriedad y las actas complementarias de documentos públicos establecidos por el artículo 7.2.c del texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, referidos a fincas integradas en explotaciones agrarias.
Al efecto de esta bonificación, se considera explotación agraria la definida como tal en el artículo 631-22.
Se modifica por el art. 16.5 de la Ley 5/2026, de 20 de mayo. Ref. BOE-A-2026-15679 Se añade por el art. 16.5 del Decreto-ley 21/2025, de 14 de octubre. Ref. BOE-A-2026-561
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/dlg/2024/03/12/1#art-641-16