Art. 631 · -6
Libro LIBRO SEXTOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección I. Reducciones de la base imponible§ Subsección tercera. Reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica

Art. 631

28 / 160

-6

En vigor desde 15 mar 2024
1. En las adquisiciones por causa de muerte que correspondan al cónyuge, a los descendientes, a los ascendientes o a los colaterales hasta el tercer grado del causante, tanto por consanguinidad o adopción como por afinidad, puede aplicarse a la base imponible una reducción del 95 % del valor neto de los elementos patrimoniales afectos a una actividad empresarial o profesional del causante. 2. La reducción que establece el apartado 1 también se aplica respecto a los bienes del causante utilizados en el desarrollo de la actividad empresarial o profesional ejercida por el cónyuge superviviente, cuando este sea el adjudicatario de los bienes en la partición hereditaria o el causante se los haya atribuido. 3. También pueden disfrutar de la reducción establecida en el apartado 1 las personas que, sin tener la relación de parentesco que se especifica, y sin perjuicio de que deban cumplir los demás requisitos y condiciones que determina esta subsección, cumplan en la fecha de la muerte del causante los siguientes requisitos: a) Tener una vinculación laboral o de prestación de servicios con la empresa o el negocio profesional del causante con una antigüedad mínima acreditada de diez años. b) Tener encargadas tareas de responsabilidad en la gestión o dirección de la empresa o el negocio profesional del causante, con una antigüedad mínima de cinco años en el ejercicio de estas tareas. Se entiende que tiene encomendadas estas tareas si acredita la categoría laboral correspondiente a los grupos 1 y 2 de cotización del régimen general de la Seguridad Social o si el causante le había otorgado un apoderamiento especial para llevar a cabo las actuaciones habituales de gestión de la empresa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/dlg/2024/03/12/1#art-631-5