Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Arrendamientos de inmuebles
Art. 39
44 / 179En vigor desde 4 mar 2023
Lo establecido en este Capítulo será también de aplicación a los arrendamientos que, conforme a los criterios establecidos en el contrato, permitan el uso de una parte a definir o concretar de un inmueble o la utilización de un inmueble de forma compartida con otros usuarios, sin especificar el espacio físico a utilizar por cada uno en cada momento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/dlg/2023/02/22/1#art-39