Art. 51
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 51

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En vigor desde 21 abr 2022
1. Los Decretos-leyes contendrán una exposición de motivos donde deberán justificarse las razones de necesidad urgente y extraordinaria de la norma. 2. El Gobierno de Aragón podrá aprobarlos limitándose los trámites exigibles al informe preceptivo que debe emitir la Dirección General de Servicios Jurídicos.
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