Libro LIBRO III›Título TÍTULO ÚNICO›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria decimosexta
351 / 372En vigor desde 17 jul 2021
Las reglas especiales de la reparcelación del artículo 92 de este texto refundido se aplicarán, además de a las reparcelaciones que se inicien a partir del 8 de febrero de 2019, a las modificaciones de las reparcelaciones en la modificación de programas de actuación que mantengan la gestión directa o comporten un cambio de forma de gestión que pase de gestión indirecta o gestión por las personas propietarias a gestión directa.
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ProDOGV-r-2021-90283#disposicion-transitoria-decimosexta