Libro LIBRO II›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección I. Disposiciones generales de aplicación a la ejecución de los programas de actuación integrada
Art. 137
148 / 372En vigor desde 17 jul 2021
La ejecución y efectos de los programas de actuación integrada se regirán por las previsiones del propio programa, por las bases de programación, por lo establecido en el presente texto refundido y las normas que la desarrollan y, en lo no previsto en ellas, por lo dispuesto en la legislación sobre contratos del sector público.
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ProDOGV-r-2021-90283#art-137