Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Policía judicial
Art. 53
57 / 173En vigor desde 7 ago 2020
Se fomentará por el departamento del Gobierno Vasco competente en seguridad la participación de la Ertzaintza en las comisiones y foros regionales, estatales e internacionales relevantes relativos a la coordinación de actividades de investigación criminal y Policía judicial.
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Proeli/es-pv/dlg/2020/07/22/1#art-53