Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 131
135 / 173En vigor desde 7 ago 2020
En el ámbito de la Ertzaintza el número de delegados y delegadas de prevención será de ocho y serán designados por las organizaciones sindicales representativas de la Ertzaintza, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 125.2 de esta Ley, en proporción a la representación que hubieran obtenido en las elecciones sindicales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/dlg/2020/07/22/1#art-131