Art. 65
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 65

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En vigor desde 28 jun 2018
En el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía fija el tipo de gravamen aplicable a los medios de transporte de los epígrafes 4.º y 9.º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, en el 16,9% y en el 13,8% el tipo de gravamen aplicable al epígrafe 5.º del mismo artículo.

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BOJA-b-2018-90363#art-65