Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 4.ª Comprobación de valores
Art. Disposición final tercera
127 / 130En vigor desde 24 may 2018
La Consejería competente en materia de hacienda habilitará un sistema de confirmación permanente e inmediata que posibilite a las oficinas y registros públicos, juzgados y tribunales verificar la concordancia del justificante de presentación o pago telemático con los datos que constan en la administración tributaria.
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