Art. 16
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Disposición general

Art. 16

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En vigor desde 24 may 2018
Para el cálculo de la base liquidable resultarán aplicables las reducciones recogidas en el artículo 20.2 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con las especialidades que se establecen en los artículos siguientes.
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