Art. Disposición adicional
2 / 89En vigor desde 6 may 2017
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones a la Ley 1/1996, de 3 de abril, de Gestión de Emergencias, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/dlg/2017/04/27/1#disposicion-adicional