Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 44
Derogado49 / 89En vigor desde 6 may 2017
La actividad de las administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de prevención y extinción de incendios, así como el régimen estatutario del personal de sus servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, se rigen por lo dispuesto en el presente capítulo.
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Proeli/es-pv/dlg/2017/04/27/1#art-44