Art. 28
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE MONTES DE ARAGÓNTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 28

33 / 166
En vigor desde 1 jul 2017
Los montes vecinales en mano común se regularán por lo dispuesto en su legislación especial y, en su defecto, por el régimen de los montes privados que se establezca en la legislación básica estatal y en la presente ley.

Tus anotaciones

Pro

BOA-d-2017-90392#art-28