Art. Disposición adicional segunda
Libro ANEXOTítulo TÍTULO SEXTOCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 4 ago 2016
La Administración de la Comunidad Autónoma impulsará y apoyará el asociacionismo empresarial en el sector turístico, así como la cooperación con los agentes sociales de este sector.

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