Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 14 nov 2015
En el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León no es de aplicación el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, ni sus disposiciones de desarrollo.

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