Título TÍTULO IX
Art. 68
73 / 104En vigor desde 14 nov 2015
Los resultados de las actuaciones de control e inspección deberán ser públicos, de acuerdo con lo previsto en la regulación sobre el derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente y demás normativa que sea de aplicación.
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ProBOCL-h-2015-90590#art-68