Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO I
Art. 5
9 / 131En vigor desde 10 jul 2015
1. Constituye el sistema de control de la seguridad industrial en Galicia el conjunto de instrumentos legales que contribuyan a garantizar el idóneo cumplimiento de la normativa y reglamentación aplicable a los establecimientos, a las instalaciones y a los productos industriales con el objeto de evitar los accidentes e incidentes en materia de seguridad industrial.
2. Los instrumentos integrantes del sistema de control de la seguridad industrial en Galicia son los siguientes:
a) Intervención administrativa en la instalación, modificación o puesta en funcionamiento de establecimientos e instalaciones industriales en los términos descritos en el capítulo I de este título.
b) Registro Industrial de Galicia.
c) Registros de instalaciones industriales.
d) Inspección industrial: planes y programas de inspección.
e) Entidades legalmente habilitadas.
Tus anotaciones
ProDOG-g-2015-90508#art-5