Art. Disposición adicional única
2 / 20En vigor desde 16 abr 2015
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones a la Ley 8/1985, de 31 de mayo, de la Generalitat, de regulación de la actuación financiera de las cooperativas con sección de crédito en la Comunitat Valenciana, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba por el presente decreto legislativo.
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ProDOGV-r-2015-90387#disposicion-adicional-unica