Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE URBANISMO DE ARAGÓN›Título TÍTULO SÉPTIMO
Art. Disposición transitoria undécima
326 / 335En vigor desde 20 nov 2014
Las disposiciones de esta Ley sobre el régimen del subsuelo serán de aplicación cuando, tras la entrada en vigor de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón, se proceda a la aprobación o modificación de planeamiento que establezca las determinaciones previstas en la misma. En los restantes supuestos, sólo serán de aplicación cuando se proceda a la aprobación o revisión del plan general.
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ProBOA-d-2014-90410#disposicion-transitoria-undecima