Art. 55
Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE URBANISMO DE ARAGÓNTítulo TÍTULO SEGUNDOCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Contenido

Art. 55

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En vigor desde 20 nov 2014
Las determinaciones de los planes parciales se desarrollarán en los siguientes documentos: a) Memoria. b) Planos de información, ordenación y proyecto, incluyendo los mapas detallados de riesgos. c) Catálogos. d) Normas urbanísticas. e) Plan de etapas. f) Evaluación de los costes de urbanización y de implantación de servicios, analizando de manera detallada el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos y residenciales. g) Documentación ambiental, sea el estudio ambiental estratégico o la declaración ambiental estratégica, según proceda en función de la fase del procedimiento de aprobación.

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BOA-d-2014-90410#art-55