Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE URBANISMO DE ARAGÓN›Título TÍTULO SEXTO›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 276
281 / 335En vigor desde 20 nov 2014
Lo dispuesto en este capítulo se entiende sin perjuicio de la imposición de las sanciones que procedan y de las facultades que correspondan a las autoridades competentes, en virtud del régimen específico de autorización, concesión o cualquier otro al que estuvieran sometidos determinados actos de edificación y uso del suelo o del subsuelo.
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ProBOA-d-2014-90410#art-276