Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE URBANISMO DE ARAGÓN›Título TÍTULO QUINTO›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 231
236 / 335En vigor desde 20 nov 2014
1. Cuando un mismo acto de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o el subsuelo requiera la obtención de licencia urbanística y de autorización municipal administrativa expresa relativa a la adecuación de las obras al ejercicio de una actividad, sea o no clasificada, serán objeto de resolución única, sin perjuicio de la formación y tramitación de piezas separadas para cada intervención administrativa.
2. El plazo para resolver las licencias urbanísticas se interrumpirá desde la solicitud por el interesado de las concesiones, licencias o autorizaciones de carácter previo atribuidas a la competencia de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma hasta su otorgamiento.
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ProBOA-d-2014-90410#art-231