Art. 74 bis
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V [sic]

Art. 74 bis

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En vigor desde 1 ene 2024
(Derogado). Se deroga por la disposición derogatoria única.b) de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1569 Téngase en cuenta con respecto al Régimen de las declaraciones liquidaciones del impuesto señalado correspondientes al cuarto trimestre de 2023, la disposición transitora primera de la citada ley. Se añade por la disposición final 4.24 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-2980

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Pro

eli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#art-74-bis