Art. 71
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 71

116 / 149
En vigor desde 8 jun 2014
El tipo de gravamen para cualquiera de los juegos gravados por este tributo en los que se participe, totalmente o en parte, mediante servicios de telecomunicación sobretarifados o con tarifación adicional será del 12 %.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#art-71