Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Adquisiciones lucrativas entre vivos›§ Subsección 1.ª Reducciones de la base imponible
Art. 49
92 / 149En vigor desde 8 jun 2014
En las donaciones que constituyan aportaciones a los patrimonios protegidos regulados en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad, se aplicará una reducción del 99 %, que será incompatible con la reducción establecida en el artículo 48 anterior.
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Proeli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#art-49