Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Adquisiciones por causa de muerte›§ Subsección 1.ª Reducciones de la base imponible
Art. 29
66 / 149En vigor desde 26 nov 2023
Cuando en la base imponible correspondiente a una adquisición por causa de muerte del cónyuge o de los descendientes del causante se incluyan bienes comprendidos en el patrimonio histórico o cultural de las Illes Balears, se aplicará sobre estos bienes una reducción del 99 % de su valor, con los mismos requisitos de permanencia que señala el artículo 27 de este texto refundido.
Se modifica por el de la Ley 11/2023, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2023-24913
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#art-29