Art. 16
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Actos jurídicos documentados

Art. 16

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En vigor desde 8 jun 2014
El tipo de gravamen aplicable a los documentos que formalicen la constitución y la cancelación de derechos reales de garantía a favor de una sociedad de garantía recíproca con domicilio social en el territorio de las Illes Balears será del 0,1 %.
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