Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 34
38 / 112En vigor desde 1 ene 2015
El impuesto se gestiona mediante padrón que se publicará anualmente en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y será elaborado por el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias a partir de los datos que los sujetos pasivos manifiesten en las declaraciones que están obligados a presentar de acuerdo con lo dispuesto en los artículos siguientes, o, en su caso, de los que resulten de la investigación y comprobación administrativa.
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Proeli/es-as/dlg/2014/07/23/1#art-34