Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA DEL PAÍS VASCO›Título TÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
89 / 95En vigor desde 20 may 2014
Quedan integrados en la Red de Espacios Naturales a que se refiere el artículo 11 del presente Texto Refundido los Parques Naturales de Urkiola, Valderejo, Aralar y Gorbeia, regulándose este último por lo establecido en los Decretos 227/1994, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Gorbeia, y 228/1994, de 21 de junio, por el que se declara Parque Natural el área de Gorbeia.
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Proeli/es-pv/dlg/2014/04/15/1#disposicion-adicional-primera