Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Personal funcionario
Art. 50
55 / 109En vigor desde 12 ene 2013
El personal funcionario de administración y servicios se regirá por la Ley Orgánica de Universidades, por el Estatuto Básico del Empleado Público, por la legislación sobre función pública de la Junta de Andalucía, por esta Ley y sus respectivas disposiciones de desarrollo, por los estatutos de las Universidades, así como por los acuerdos y pactos colectivos que le sean de aplicación.
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ProBOJA-b-2013-90010#art-50