Art. 50
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Personal funcionario

Art. 50

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En vigor desde 12 ene 2013
El personal funcionario de administración y servicios se regirá por la Ley Orgánica de Universidades, por el Estatuto Básico del Empleado Público, por la legislación sobre función pública de la Junta de Andalucía, por esta Ley y sus respecti­vas disposiciones de desarrollo, por los estatutos de las Universidades, así como por los acuerdos y pactos colectivos que le sean de aplicación.

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BOJA-b-2013-90010#art-50