Libro Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado›Capítulo CAPÍTULO VIII›Secc. Sección 2.ª Comprobación de valores
Art. Disposición final primera
86 / 91En vigor desde 26 jun 2013
Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
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