Art. Disposición final primera
Libro Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el EstadoCapítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 2.ª Comprobación de valores

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 26 jun 2013
Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
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