Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 52
63 / 92En vigor desde 21 nov 2018
1. Son sujetos pasivos a título de contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que exploten las instalaciones que generen el hecho imponible del impuesto.
2. Serán responsables solidarios del pago del impuesto los propietarios de las instalaciones que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes las exploten.
3. Serán responsables subsidiarios los accionistas de la persona jurídica propietaria de las instalaciones que generen el hecho imponible cuando posean un porcentaje de participación en el capital social superior al 5%.
Se modifica el título y se añade el apartado 3 por el art. único.5 y 6 de la Ley 6/2018, de 13 de noviembre. Ref. BOE-A-2018-16680
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ProBOCL-h-2013-90254#art-52