Art. 12
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Concepto sucesiones

Art. 12

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En vigor desde 19 sept 2013
1. En las adquisiciones por personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100 se aplicará una reducción de 125.000 euros. La reducción será de 225.000 euros para aquellas personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100. 2. Esta reducción se aplicará además de las que pudieran corresponder en función del grado de parentesco con el causante.

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BOCL-h-2013-90254#art-12