Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 26 abr 2012
Se habilita al Gobierno de Canarias para proceder a una nueva regulación de las normas contenidas en los artículos 45 a 48 de la presente Ley, relativos al procedimiento de concesión de la licencia comercial, con respeto a las limitaciones derivadas de la reserva de ley y de la legislación básica que regule la materia.

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BOC-j-2012-90002#disposicion-final-cuarta