Art. Disposición derogatoria única
2 / 96En vigor desde 26 abr 2012
1. Quedan derogadas la Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias, la Ley 12/2009, de 16 de diciembre, reguladora de la Licencia Comercial (a excepción de su disposición adicional quinta), y la Ley 8/2011, de 8 de abril, por la que se modifica la Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias.
2. Asimismo, quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo.
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ProBOC-j-2012-90002#disposicion-derogatoria-unica