Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
88 / 96En vigor desde 26 abr 2012
La consejería competente en materia de comercio editará, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley 12/2009, de 16 de diciembre, una guía en castellano y otros idiomas de gran implantación en el ámbito de la Unión Europea, comprensiva de los criterios aplicables y la totalidad de trámites del procedimiento para la concesión de la licencia comercial. Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de prestar el máximo asesoramiento e información individualizada a los ciudadanos.
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ProBOC-j-2012-90002#disposicion-adicional-primera